C.C.T. - Nº. 462/06 - UNION TRABAJADORES ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
TITULO V
16 al 17
Categorías y funciones
Art. 16 - Las categorías y funciones que integran los niveles de “Supervisión”, “Administración” y “Maestranza y Servicios”, se consignan en el Anexo “B” que se adjunta y se firma como formando parte del presente Acuerdo.
Art. 17 - Facultad de organización: Se entiende como la facultad de asignar diversas tareas por parte del empleador, dentro del agrupamiento funcional en que se encuentre clasificado el trabajador, y la obligación de éste de cumplirlas. Esta facultad se