C.C.T. - Nº. 462/06 - UNION TRABAJADORES ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
TITULO XIV
36
Capacitación y desarrollo del personal
Art. 36 - Las instituciones podrán implementar programas de capacitación y desarrollo del personal de acuerdo a sus distintos niveles y especialidades, favoreciendo la formación continua en el empleo, la adaptación a nuevos procedimientos y tecnologías. La representación gremial del establecimiento será informada de dichos programas.