Art. 69 - Los empleadores conceden a la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos una contribución extraordinaria de pesos cien ($ 100) por cada trabajador incluido en este convenio que revista en relación de dependencia, pagaderos mediante depósito, a partir de la firma del presente convenio, en cuenta 15.940/07 del Banco de la Nación Argentina, Casa Central y sucursales.
Art. 70 - Los empleadores conceden a la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, una contribución mensual del 1,3% (uno con treinta por ciento) del total de las remuneraciones mensuales percibidas por cada trabajador comprendido en el presente convenio, con destino al funcionamiento del Centro de Capacitación y de los cursos que pudieran instituirse sobre capacitación técnica y sindical.
El pago se realizará mediante depósito en cuenta 39.068/96 del Banco de la Nación Argentina, Casa Central y sucursales.