C.C.T. - Nº. 56/75 - CARNE
XII Actualización automática de las bonificaciones y compens
33
Art. 33 - Los importes que deban abonarse por aplicación de lo establecido en los artículos 11, 13, 14, 17, 20, 21, 22, 25, 27 y 29 se reajustaran en la misma oportunidad y proporción en que se modifiquen los salarios establecidos en esta convención.