C.C.T. - Nº. 348/02 - PARQUES DE DIVERSIONES
INTRODUCCION
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de junio de 2002, comparecen en este acto, de conformidad a las disposiciones legales vigentes en la materia, las partes abajo mencionadas a fin de celebrar un convenio marco en el que en lo sucesivo regulará la relación, condiciones, derechos y obligaciones de trabajo, de los trabajadores representados por el Sindicato único de Trabajadores del Espectáculo Público y Afines de la República Argentina que desarrollen tareas en empresas de parques y diversiones diversas, los señores Héctor Berra, Claudio Tutundjian, Juan Kurhelec, Jorge Lago y Marcelo Periales, con el asesoramiento técnico del doctor Sergio Cárrega, en representación de la "Cámara Argentina de Parques de Atracciones, Entretenimientos y Afines" -CAPA-, con domicilio legal en la calle Avenida Córdoba 1318, piso 1º, oficina "B", Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme la personería que acredita que los mismos se encuentran legitimados para obrar en representación de su conferente; y el doctor Raúl Pompei, interventor judicial con el asesoramiento técnico del doctor Jorge Luis Ginzo, en representación del Sindicato único de Trabajadores del Espectáculo Público y Afines de la República Argentina, con domicilio legal en la calle Pasco 148, Capital Federal, el cual constará de las siguientes cláusulas: