C.C.T. - Nº. 77/89 - QUIMICOS Y PETROQUIMICOS
I - AMBITO DE APLICACION Y VIGENCIA
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I - AMBITO DE APLICACION Y VIGENCIA
Artículo 1°- La presente Convención Colectiva de Trabajo establece condiciones de trabajo, beneficios sociales, sueldos y salarios, para el personal de las Industrias Químicas y Petroquímicas. Queda establecido que los salarios convenidos serán de aplicación en todo el territorio de la República Argentina sin que puedan existir quitas zonales con relación a los salarios vigentes para la Capital Federal. La presente Convención Colectiva de Trabajo regirá desde el 1 de julio de 1989 hasta el 30 de junio de 1991.
Art. 2° - Actividades comprendidas: El presente Convenio será de aplicación a todo el personal obrero, administrativo y técnico que presten servicios en los establecimientos o administraciones de las empresas que se dediquen a la fabricación y/o elaboración y/o fraccionamiento y/o comercialización de/o con los siguientes productos, sus compuestos y/o derivados: abonos artificiales orgánicos e inorgánicos, abrasivos, aceites y materias grasas, a excepción de los alimenticios; aceites sintéticos, acetatos, ácidos orgánicos e inorgánicos, adhesivos, aditivos, agroquímicos, aguarrás, álcalis, alcanfor, alcoholes, industriales en sus distintas categorías y tipos, como así también los derivados del procesamiento de cereales, maderas, melazas, vínicos; aluminio, anhídridos (de ácidos y bases), anilinas, antimonio, arsénico, azufre, barnices, bases, bórax (su purificación y derivados de procesamiento), carbonatos, carbones (activados, residuales, vegetales y los demás), cianuro, cloruros, colas, colorantes, compuestos nitrogenados, dextrinas, disolventes, electro intensivos, electroquímica, electroquímicas y sus compuestos de grafito artificial, emulsionantes, emulsiones bituminosos, engrudos, específicos veterinarios, estabilizantes, explosivos, extractos tintóreos para curtiembres y tintorerías, ferroaleaciones químicas, fibras celulósicas artificiales y orgánicas sintéticas, galvanoplásticos, gases comprimidos y líquidos, gelatinas, glicerinas, gomas, hiposulfitos, lacas, lacres, manganeso, magnesio, manganoil, negro de: acetileno, anilina, animal, gas, hierro, humo, marfil, platino; nitratos, óxidos, papeles carbónicos, papeles y placas celulósicas y fotográficas, pastas electrónicas, pastas químicas para fabricación de papel para diarios, piedras preciosas sintéticas, pigmentos, pinturas, plantas de tratamientos de aguas que presten servicios exclusivamente para el consumo interno o purificación de efluentes de la Industria Química y Petroquímica, proceso de ebonitado, productos: anticriptogánicos, Carbo químicos, de la destilación de alquitrán de hulla y maderas, electrometalquímicos (de cinc, cobre, níquel, plomo, electrolíticos) empleados en fotografía, insecticidas, para limpieza y mantenimiento (agua lavandina, almidón, azul, ceras, detergentes, detersivos, esponjas sintéticas, hipoclorito de sodio, pomadas, etc.), para preparaciones farmacéuticas, radioactivos; resinas sintéticas y vegetales, sacarina, sales, silicloruro de calcio, SPH, soluciones desinfectantes tierras actividades y filtrantes, tintas y toda actividad comprendida dentro de la tecnología química y petroquímica, singularizada esta última en la industria que a partir del petróleo o del gas natural, elaboran y/o producen los siguientes productos, sus compuestos y derivados: acetileno, acetona, agroquímicos (fertilizantes, herbicidas, plaguicidas), alcoholes industriales (amílico, bencilico, butenol, butilico, ciclohexanos, etanol, fenilmetanol, hexanol, isopropílico, metanol, metil, terbutil, éter, oxo, pentanol, propanol, porpenol), amoníaco, anhídrido maleico, aromáticos pesados, azufre, benceno (alquilbenceno lineal, cumeno y fenol), butadieno, butileno, BTX, cetona, ciclohexano, clorobenceno, cloruro de polivinilo, elaboración del caucho sintético (buna, butílico, cloropreno, facticio, metílico, nitrilo, SBR), estileno, estireno, etilenglicol, etileno, fenolmetano, fibras poliacrílicas, formaldehído, flúor carbonos, hidrocarburos saturados y no saturados, hidrógeno, metiletilcetona, metil, isobutil, nafténico, negro de humo, normal hexano, NPK, olefinas, ortoxileno, plásticos, paraxileno; poliamidas, policaprolactama, policloruro de vinilo, poliéster es, poliestireno, polietileno, poliuretano, y sus monómeros; propano, propileno, resinas, solventas clorados y no clorados, sulfato de amonio, sulfulano, tetracloruro de carbono, tolueno, urea, xileno perlita filtrante y todo otro elemento que se emplee, desarrolle y/o produzca en la industria, como así también todos los compuestos y derivados que en el futuro se puedan fabricar de los subproductos del gas natural y del petróleo. Actividades de la biotecnología y/o Ingeniería genética.