C.C.T. - Nº. 131/75 - TELEVISION - CANALES DE AIRE
CATEGORIAS
51 AL 70
ARTICULO 51: REALIZADOR DE ESCENOGRAFIA: es el encargado del desarrollo sobre: telas, papeles, pisos y demás materiales para decorados, de todos los bocetos que le sean encomendados, realizándolos de acuerdo con las instrucciones que se le impartan
O indicaciones o aclaraciones, que se le especifiquen en plantas y/o proyectos escenográficos. Debe tener conocimientos de preparación o imitación de colores en tempera y anilinas, y saber calcular las cantidades de preparación para cada tarea a realizar, sabiendo confeccionar estampas, espulveras y esponjados. Debe tener conocimientos de escala y proporciones de perspectivas y geometría, ornatos y claroscuros.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: es de su responsabilidad la preparación de telas, papeles, pisos y demás materiales para realizar el desarrollo de escenografías, imita tintes y realiza tareas sencillas de dibujo, debiendo iniciarse en el desarrollo de bocetos con el objeto de capacitarse en los conocimientos para la función.
SEGUNDA CATEGORÍA: además de las de tercera dibuja y desarrolla bocetos escenográficos, debiendo iniciarse en los conocimientos teóricos-prácticos necesarios para la función.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren una total capacidad para realizar todo tipo de escenografías en su relación con otras funciones.
ARTICULO 52: AYUDANTE DE REALIZACIÓN: secundarán a los realizadores preparando los materiales y elementos para la realización de escenografías, su limpieza, empapelado y pintura básica, y la limpieza de los elementos de trabajo. Tendrán conocimientos básicos de dibujo, debiendo iniciarse en la imitación de tintas. Se entiende que el ascenso correlativo a esta función es la de realizador de escenografía de segunda categoría.
ARTICULO 53: PINTOR CORPÓREO: es el que realiza tareas de empapelado de decorados y efectúa la aplicación de distintos tipos de pintura de fondo a todo tipo de elementos escenográficos de acuerdo con las necesidades de pintura corpórea. Son sus funciones las labores de fileteado, estampado y todo trabajo de pintura imitando distintos materiales en decorados y escenografías sobre bastidores, exceptuando telas, preparando los colores necesarios para ellas, en estudios y/o exteriores. Prepara las superficies a pintar de acuerdo a los materiales de base, ya sean con enduídos, masillas, imprimaciones, etc.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: es el encargado de mantener los elementos en condiciones de buen uso y realiza tareas de ordenamiento y limpieza en el taller de pintura, cooperando en las labores generales del mismo. Prepara las superficies a pintar de acuerdo a los materiales de base, ya sean con enduídos, masillas, imprimaciones, etc.
SEGUNDA CATEGORÍA: además de las de tercera realiza tareas de empapelado de decorados y efectúa la aplicación de distintos tipos de pintura de fondo a los elementos escenográficos, debiendo preparar los colores necesarios de acuerdo con las necesidades de pintura corpórea y esta iniciado en los conocimientos de todo tipo de imitaciones de distintos materiales en decorados y escenografía.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren que sabrá interpretar y desarrollar todo tipo de imitaciones de distintos materiales para decorados y escenografías.
ARTICULO 54: PINTOR CORPÓREO LETRISTA: además de las funciones de pintor corpóreo, es el que diseña, traza, centra y ejecuta letreros y/o leyendas, con tipos normales y/o de fantasía, delineando perfiles, sobras y/o filetes sobre cualquier superficie y/o motivos decorativos. Debe tener conocimiento de los distintos tipos y estilos de letras sus formas y/o proporciones seleccionando las más adaptables para cada caso.
ARTICULO 55: CARPINTERO REALIZADOR: es de su responsabilidad realizar tareas de elaboración y mantenimiento de decorados, muebles, practicables, escaleras, puertas, ventas y demás elementos necesarios para decoración y escenografía en estudios y/o exteriores. Tiene la capacidad y conocimientos necesarios sobre carpintería mecánica, imprescindibles para la preparación y mantenimiento de máquinas y herramientas habituales en talleres de escenografía, carpintería y su correcta utilización para las tareas que se les encomienden. Debe interpretar y desarrollar todo tipo de trabajo de carpintería y muebles, para ser utilizados en los programas, y/o para el ámbito de la empresa, no efectuando su colocación, debiendo tener todos los conocimientos teóricos-prácticos sobre planos y escalas para realizar los bocetos, plantas y proyectos de escenografía.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: tiene a su cargo la realización de labores simples y ayuda en todos los trabajos generales del taller, debiendo saber utilizar correctamente las herramientas y cumplir con las tareas de ordenamiento del taller.
SEGUNDA CATEGORÍA: además de las de tercera debe prepararse las herramientas. Hace uso correcto de las máquinas, arreglo menores de muebles y realiza tareas de elaboración y mantenimientos de decorados, practicables, escaleras, ventanas, puerta y demás elementos necesarios para escenografía, debiendo estar iniciado en interpretación de bocetos y plantas escenografías.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos técnicos-prácticos que aseguren que sabe interpretar y desarrollar todo tipo de labores de carpintería, para la realización de decoraos y escenografías.
ARTICULO 56: TAPICERO REALIZADOR: es de su responsabilidad realizar tareas de elaboración y mantenimiento de tapizados, retapizados, cortinados y todo tipo de trabajo inherente a esta función, en muebles, puertas, ventanas, y paneles para escenografía de programas, estudios y/o exteriores, y/o elementos de la empresa, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos sobre los planos y escalas para interpretar los bocetos para ejecutar los trabajos. Tiene la capacidad y conocimientos necesarios para realizar todo trabajo de cortinados sobre cualquier tipo de correderas, abiertas, a la veneciana, americana, italiana u otro sistema, utilizando telas o plásticos de acuerdo a los bocetos y proyectos. Confecciona cicloramas para los estudios y también procede a su mantenimiento. Confecciona infinitos de telas, y además prepara y cose todo tipo de telas de acuerdo a indicaciones, según necesidades de las distintas secciones de Montaje y Utilería. Debe tener conocimientos básicos de carpintería. Confecciona almohadones, almohadas, fundas simples, fundas acolchadas y todo elemento de protección para proteger de golpes y ralladuras a todo tipo de muebles para escenografía.
Tapiza paneles, paredes, bastidores, plafones con tela, plásticos, cueros o cualquier tipo de material según boceto o indicaciones. Confecciona todo tipo de alfombras para programas. Es el responsable de efectuar el cálculo de los materiales que utiliza en los elementos a realizar o reparar, confeccionando para cada caso la lista de los mismos para su compra o retiro de almacenes o depósito.
RESPONSABILIDADES: SEGUNDA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo estar iniciado en los conocimientos teóricos-prácticos sobre planos y escalas para interpretación de bocetos para ejecutar los trabajos debiendo confeccionar para cada caso la lista de los materiales que utilice en los elementos a realizar o reparar, para su compra o retiro de almacenes o depósito.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren que sabe interpretar y desarrollar todo tipo de labores de tapizados, retapizados, cortinados y todo trabajo inherente a esa función.
ARTICULO 57: MONTADOR DE ESCENOGRAFIA: es el responsable, previa selección, del correcto almacenamiento, traslado, ubicación, armado de decorados, practicables, escaleras, material escenográfico y accesorios de montaje y en general lo relacionado y/o concerniente a escenografía no metálica de acuerdo a bocetos y/o plantas, respetando las directivas y/o indicaciones del escenógrafo responsable. Debe armar y desarmar todos los elementos de montaje, de acuerdo con las exigencias del movimiento escénico, realizar reparaciones menores de toda clase de decorados, practicables y escaleras durante la realización de los programas. Luego del montaje procede a un repaso general y total con el objeto de lograr una correcta realización escénica en estudios y/o exteriores. Se deja expresa constancia que este personal no realiza tareas de traslado de elementos y materiales y de los depósitos de la empresa, cuando estos depósitos se encuentren fuera de los ámbitos naturales de operación.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: tiene a su cargo el almacenamiento y traslado de los materiales y elementos seleccionados, procediendo a su ubicación, colaborando con los de categoría superior en su armado y montaje.
SEGUNDA CATEGORÍA: además de los de tercera, selecciona el material y elementos para su reparación y utilización, preparándolo para su armado y montaje debiendo estar capacitado para realizar el montaje, y reparaciones menores durante la realización de los programas, e iniciarse en el armado de trastos.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos de realización escenografía que lo capaciten para el armado de trastos, interpretación y desarrollo de bocetos y/o plantas escenografías y realiza todo tipo de montaje.
ARTICULO 58: UTILERO DE CALLE: es de su responsabilidad lograr por medio de adquisición, préstamo, gentilezas y/o alquiler transitorio, todos los elementos y/o accesorios para utilería que no existan en la empresa y sean necesarios para la realización de programas y/o ambientación de decorados. Debe tener los conocimientos teóricos-prácticos de utilería, ambientación, épocas y estilos, que aseguren estar capacitado para la exacta obtención de todos los elementos y/o sustitutos si no los hallare, que se le encarguen para una correcta utilización. Debe tener noción aproximada de los valores corrientes de los elementos cuya adquisición o alquiler se le encarguen, para obtenerlos a un adecuado precio, y dejar constancia de los que efectúa presentando los comprobantes correspondientes.
ARTICULO 59: AYUDANTE DE UTILERO DE CALLE: es el asistente inmediato del utilero de calle, y colabora con este de acuerdo con instrucciones, en la obtención de todos los elementos y/o accesorios para utilería que no existan en la empresa y sean necesarios para la realización de programas y/o ambientación de decorados. Debe iniciarse en los conocimientos teóricos-prácticos de utilería, ambientación, épocas y estilos que lo capaciten para un mejor desempeño de su función.
Ingresa como utilero de tercera categoría, pasando a los 6 meses a segunda categoría, previa prueba de suficientes. Al aprobar el examen correspondiente a la primera categoría, pasara a revistar en el cargo de ayudante de utilero de calle, percibiendo el sueldo de utilero de calle.
ARTICULO 60: utilero realizador: debe tener la capacidad y conocimiento del utilero de primera categoría, y poseer conocimientos de carpintería. Realiza y prepara diversos elementos de utilería de acuerdo con épocas y estilos en cartaposta, yeso, cera, resina y otros materiales destinados a tal efecto. Debe poseer los conocimientos necesarios para realizar elementos trucados destinados a la utilería de programas y/o comerciales.
RESPONSABILIDADES: SEGUNDA CATEGORÍA: realiza y prepara diversos elementos de utilería de acuerdo con épocas y estilos en cartaposta, yesos, cera, resina u otros materiales destinados a tal efecto, debiendo estar iniciado en conocimientos de carpintería. Debe poseer los conocimientos necesarios para realizar elementos trucados destinados a la utilería de programas y/o comerciales.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función.
ARTICULO 61: UTILERO: es el responsable del correcto almacenamiento, traslado y ubicación en la escenografía de acuerdo con las normas de ambientación, de los elementos y materiales de utilería, incluyendo muebles, cortinados y tapicería, previa selección, de acuerdo con los bocetos y/o plantas escenográficas, respetando las directivas y/o indicaciones del escenógrafo responsable. Debe preparar y armar todos los elementos de utilería de acuerdo con las exigencias del movimiento escénico, realizando las ambientaciones de acuerdo con épocas y estilos que se le soliciten, y luego de ello, proceder a su repaso total y general con el objeto de lograr una correcta realización escénica en estudios y/o exteriores.
Se deja constancia que éste personal no realiza tareas de traslado de materiales y elementos a/y de los depósitos de las empresas cuando estos depósitos se encuentren fuera de los ámbitos naturales de operación.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: tiene a su cargo el transporte de los elementos de utilería para la ambientación de programas y/o comerciales a y de los estudios, procede a su almacenamiento y colabora con las categorías superiores en la ambientación de decorados, iniciándose en los conocimientos básicos para una correcta selección.
SEGUNDA CATEGORÍA: selecciona el material a utilizarse para ambientar y decorar de acuerdo con los pedidos por bocetos y/o plantas escenográficas, estando capacitado para realizarlos, debiendo iniciarse en los conocimientos de época y estilos. Se desempeña en estudios y/o exteriores. PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener amplios conocimientos teóricos-prácticos de ambientación, así como de épocas y estilos que lo capaciten para la total realización escénica, siendo el responsable de la ambientación general y total de las plantas a su cargo. Se desempeña en estudios y/o exteriores.
ARTICULO 62: UTILERO PREPARADOR: es el responsable de la correcta preparación de todos los materiales de utilería menor solicitadas por escenografía y asistentes de dirección, acomodándoles en condiciones de uso en los “carros”; al recibirlos deber ubicarlos, en el lugar asignado para su almacenamiento debiendo higienizar los elementos que regresen de los programas y/o comerciales. Tendrá amplios conocimientos teóricos-prácticos para una correcta selección, tanto de épocas como de estilos y ambientaciones.
Realizará la recepción y devolución en depósitos de todos los elementos de utilería menor destinados a los programas y/o comerciales, previo control de los mismos.
ARTICULO 63: AUXILIAR DE FORILLOTECA: Es el responsable previa clasificación e identificación, de archivar los forillos y panoramas que se utilizan en los programas y/o comerciales.
Tendrá a su cargo un inventario del material debidamente identificados y con las cantidades que hay en existencia, debiendo periódicamente comunicar la falta de las mismas para su elaboración o reparación.
ARTICULO 64: AUXILIAR DE ESTUDIOS: Realiza la recepción y devolución en estudios y/o exteriores, de tocos los materiales y elementos de utilería funcional de mano destinados a los programas y/o comerciales, debiendo revisarlos, controlarlos y velar por su conservación hasta el momento de su devolución en el depósito de utilería.
En ensayos, programas y/o comerciales, debe alcanzar, trasladar, ubicar, y retirar dichos materiales de utilería funcional de mano, de acuerdo con las exigencias de la acción escénica, realiza las tareas necesarias pan salvar las deficiencias o falta de cualquier elemento en los ensayos y/o programas y/o comerciales. Debe efectuar, durante la realización de ensayos, y/o programas tareas de colaboración al asistente de dirección en lo que a puesta en escena se refiere, debe identificar los programas a grabar mediante pizarras, especificando número de rollo, secuencia y fecha de grabación. Es el encargado de comunicarse con todas las reas de la empresa que dan servicio al programa, para reclamar de cualquier falta o falla de elementos o personas que intervengan en el mismo. Interviene además, en la realización de tareas que signifiquen un efecto especial que no sean los indicados en el articulo técnico de efectos especiales visuales.
ARTICULO 65: CARACTERIZADOR/A: es de su responsabilidad realizar toda clase de maquillajes y caracterización de interpretes, colocando apliques, adaptando pelucas, barbas, patillas y bigotes, logrando efectos de cambio de edades, creación de distintos tipos y/o rostros de diferentes épocas, nacionalidades y personajes de literatura teatral y/ o históricas. Deber tener los conocimientos necesarios para la creación de los maquillajes y/o caracterizaciones alegóricas y/o irreales y todo lo que sea llamado creación en materia de caracterización, para ubicar a los personajes dentro de la época que le marque la acción en estudios y/o exteriores. A los fines de la caracterización debe realizar toda clase de retoques de peinado sobre cabelleras propias y/o pelucas como así también retoques de peinados de calle.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: está a su cargo la aplicación de bases para maquillaje y limpieza de rostros, colaborando con las labores que realicen los de categoría superiores y debe estar iniciado en los conocimientos de maquillaje. Se desempeña únicamente en estudios.
SEGUNDA CATEGORÍA: además de las de tercera, realiza todo tipo de maquillaje y debe estar iniciado en los conocimientos necesarios para lograr caracterizaciones y retoques de peinados. Se desempeña en estudios y/o exteriores.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren la correcta interpretación y desarrollo de todo tipo de caracterizaciones y retoques de peinados. Se desempeña en estudios y/o exteriores.
ARTICULO 66: PEINADOR/A: es de su responsabilidad realizar toda clase de peinados, sobre cabelleras propias y/o pelucas, correspondientes a diversas épocas y/o de moda y adaptación de las mismas de acuerdo con las distintas fisonomías, adaptar y peinar pelucas y/o apliques para personajes de composición, debiendo hacer cortes de cabellos cuando las circunstancias lo requieran. Debe tener los conocimientos necesarios para la creación de peinados acorde con caracterizaciones alegóricas y/o irreales, diferentes épocas, razas, nacionalidades y personajes de la literatura teatral y/o histórica y todo lo que sea llamado creación en materia de peinados, para ubicar a los personajes dentro de la época que le marque la acción en estudio y/o exteriores.
Debe realizar decoraciones y/o aplicaciones de tintura y matizadores de todo tipo.
RESPONSABILIDADES: TERCERA CATEGORÍA: esta a su cargo la realización de retoques y/o peinados actuales sencillos; colabora con las labores que realicen los de categorías superiores y debe iniciarse en los conocimientos de peinados de época y creación. Se desempeña en estudios.
SEGUNDA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, excepto realizar decoloraciones y/o aplicaciones de tintura y matizadores de todo tipo. Debe tener los conocimientos requeridos para realizar toda clase de peinados de época y creación que requiera la acción de programas. Se desempeña en estudios y/o exteriores.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren la correcta interpretación y desarrollo de todo tipo de peinados, y realiza decoraciones y/o aplicaciones de todo tipo de tinturas y matizadores. Se desempeña en estudios y/o exteriores.
ARTICULO 67: MODISTA REALIZADORA: es de su responsabilidad realizar tareas de corte, confección, transformación y mantenimiento de trajes y vestidos, actuales y/o de épocas, disfraces, uniformes, conjuntos para ballet, y cualquier otra vestimenta, y demás elementos accesorios necesarios para ser entregados en debidas condiciones de uso en estudios y/o exteriores. Debe saber tizar y cortar telas. Tiene la capacidad y conocimientos teóricos-prácticos necesarios para interpretar bocetos y proyectos para la preparación de las tareas que se le encomienden.
RESPONSABILIDADES: SEGUNDA CATEGORÍA: realiza tareas de confección, transformando y mantenimiento de vestidos y trajes actuales y/o de época, disfraces, uniformes, conjuntos para ballet, y cualquier tipo de vestimenta y demás elementos accesorios necesarios para ser entregados en las debidas condiciones de uso en estudios y/o exteriores.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enunciadas para la función, debiendo poseer los conocimientos teóricos-prácticos para realizar las tareas de corte e interpretación de bocetos y proyectos para la preparación de las tareas que se le encomienden.
ARTICULO 68: ASESOR DE VESTUARIO: es de su responsabilidad la ejecución de proyectos y bocetos, incluyendo todas las indicaciones y/o especificaciones necesarias para la realización de vestuarios, para todo tipo de programas y/o comerciales en estudios y/o exteriores. Deber tener los conocimientos necesarios para recrear las diferentes épocas y estilos en que se representa la acción según marquen los autores y/o directores.
Confeccionando la lista de elementos que se utilizarán en los plazos correspondientes. Asimismo es el responsable de la correcta realización de los trajes, que ser supervisada, sugiriendo lo que crea más conveniente, dentro de las normas sugeridas por la empresa, debiendo tener los conocimientos necesarios que reglan en televisión; su relación con escenografía, iluminación, maquillaje y peinados.
ARTICULO 69: MODISTA: es de su responsabilidad el correcto almacenamiento, preparación, recepción, traslado de elementos manuales, revisión, contralor y devolución de vestuario destinado a los programas, correspondientes a diversas épocas y/o modas y vigilar que estén limpios y en perfectas condiciones de uso, teniendo a su cargo el mantenimiento del orden de los camarines. Efectúa en las ropas las modificaciones y/o arreglos de primera necesidad que sean menester, planchado, acorte, alargue, entallado y otras labores sencillas de costura, para que sean entregadas a los interpretes en las debidas condiciones de utilización, ayudando al elenco artístico en los cambios de vestuario en los camarines, estudio y/o exteriores.
RESPONSABILIDADES: SEGUNDA CATEGORÍA: es la encargada del correcto almacenamiento, preparación, recepción, traslado, revisión, contralor y devolución del vestuario destinado a los programas correspondientes a diversas épocas y/o modas, constatando que esté limpio y en perfectas condiciones de uso.
Tiene a su cargo el mantenimiento del orden de los camarines y efectúa en la ropa modificaciones sencillas y arreglos de primera necesidad, procediendo a su planchado y colaborando en los cambios de vestuario, en los camarines y/o estudios.
PRIMERA CATEGORÍA: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos-prácticos que aseguren la capacidad para efectuar modificaciones de importancia en el vestuario de elenco artístico.
ARTICULO 70: PREPARADOR/A DE SASTRERIA: es el responsable de clasificación, preparación, envío y traslado de elementos menores de sastrería destinado a la realización de programas y/o comerciales en estudio. Tiene a su cargo la recepción, revisión y posterior almacenamiento del vestuario, controlando que este limpio y en perfectas condiciones de uso. Tiene la capacidad y conocimientos teóricos-prácticos necesarios que aseguren una correcta preparación y armado de un vestuario que se le encomiende, interpretando un boceto, un pedido o un proyecto. Con el objeto de lograr una correcta interpretación escénica, en estudios y/o exteriores.