C.C.T. - Nº. 131/75 - TELEVISION - CANALES DE AIRE
CATEGORIAS
111 AL 122
ARTICULO 111: ORDENANZA: Es de su responsabilidad el atender los llamados de las distintas oficinas, e información al público en general, recepción de correspondencia, y telegramas, controlar la entrada y/o salida de personas y objetos en los lugares donde este asignado, cumplir y hacer cumplir las normas de circulación y ubicación de personas, cuidar el orden y el cumplimiento de las reglas de buenas costumbres en los lugares que se le asignen, debiendo desempeñarse indistintamente en cualquier dependencia de la empresa.
ARTICULO 112: OFICIAL MANTENIMIENTO EDIFICIO: Es el encargado de reparación y mantenimiento de obras civiles y de servicios auxiliares e instalaciones debiendo poseer los conocimientos que lo capaciten para un correcto desempeño. Cada oficial de mantenimiento del edificio deberá desempeñarse en una única función para lo cual haya sido tomado. (Tal como gasista, plomero, pintor, albañil, etc.) Cuando las necesidades así lo requieran.
ARTICULO 113: AUXILIAR DE LIMPIEZA: Es el responsable de la limpieza y correcto estado de higiene de las dependencias, estudios, muebles, materiales y otros elementos de las empresas; de la colocación de las sillas para el público en estudios y su higienización así como volver a ubicarlas en el lugar de su almacenamiento. Colabora en el traslado y ubicación de los muebles, materiales y lo elementos que están, lleguen o salgan de las empresas, con la excepción de los elementos escenográficos.
ARTICULO 114: AUXILIAR DE DEPOSITO: Tiene a su cargo el traslado, carga, descarga, de materiales, y las tareas de limpieza del deposito a la que haya sido designado.
ARTICULO 115: CADETE: Es de su responsabilidad realizar tareas de entrega de correspondencia interna y externa, cumplir funciones de mensajero dentro y fuera de las empresas, llevando y trayendo paquetes, encomiendas y otro material fácilmente transportable por su volumen y peso, y realizar trámites simples en instituciones públicas y/o privadas que se le encomienden. Debe tener, en lo posible, ciclo primario completo.
ARTICULO 116: MOZO DE CAFETERÍA: Se ocupará de la preparación de tés, cafés, lunch y del servicio de los mismos y almuerzo en los lugares de la empresa que se le indiquen, no apareciendo en cámara. Deber realizar la limpieza de utensilios que utilice en sus tareas.
ARTICULO 117: PEÓN DE ESTUDIO: Son sus funciones la limpieza, el transporte, carga y descarga de muebles, utilería para escenografía, decorados y otros, tanto en los medios de transporte como en los estudios.
ARTICULO 118: SERENO: Cumple única y exclusivamente contralor y vigilancia sobre muebles, inmuebles, instalaciones y equipos móviles o fijos, sin exclusiones y controla además la entrada y salida de personas ajenas a la empresa.
ARTICULO 119: JARDINERO: Es el responsable de la plantación, conservación y mantenimiento estético de los jardines y parques existentes dentro de la planta transmisora o la sede de las empresas. Debiendo, además, tener los conocimientos elementales y prácticos para la conservación de flores y plantas de jardín. Ser responsable del mantenimiento de las herramientas que utilice en su labor.
ARTICULO 120: BOMBERO: Es el encargado de la prevención de incendios en todos los ámbitos de la empresa y estará a su cargo el primer encaramiento de los eventuales focos que pudieran producirse Realiza guardias en turnos rotativos, donde cumple y hace cumplir las prevenciones de siniestros en especial en la operación de estudios y con preferencia en los programas con asistencia de público. Recorre las distintas dependencias de la empresa para constatar que los elementos y útiles de prevención y combate, estén en sus correspondientes lugares y en condiciones de uso; a tal fin tiene a su cargo la revisión periódica de matafuegos, (control de agua y ampolla de gas carbónico de los de “hidro” y de peso de los de nieve carbónica, aptos para instalaciones eléctricas y solicitud de recarga de los que lo necesiten, a su superior inmediato. En lapsos adecuados, también se encargará de la revisión y prueba de los restantes elementos con que cuenta la empresa a tal fin: bocas de incendio, tanque suplementario, mangas, lanzas, baldes de arena y agua, granadas contra incendio, etc. Realiza el mantenimiento de Sprinklers.
ARTICULO 121: OPERADOR DE CÁMARA DE VIDEO TAPE PORTÁTIL: Es de su responsabilidad la correcta operación de la cámara de Video Tape portátil. Realiza labores de encuadre, enfoque, diafragmación, desmagnetización de cintas y cabezas grabadoras. Debe tener conocimientos de cuadro y facilidades que permiten las lentes. Antes de comenzar la tarea debe asegurarse, que el equipo que va a utilizará éste en perfectas condiciones, debiendo informar cualquier anormalidad que se le presente. Se establece que este equipo sólo podrá utilizarse en aquellos lugares en que por razones de movilidad y espacio, no pueda emplearse la unidad móvil de exteriores.
En ningún caso este equipo ser utilizado para realizar transmisiones en directo. La cámara, sin su equipo grabador de V.T.R., deberá ser operada por un operador de cámaras y en exteriores, lo hará exclusivamente dependiendo de una unidad móvil.
ARTICULO 122: PROMOTORES DE VENTAS: Son sus funciones. Visitas permanentes a agencias de publicidad asignadas y/o anunciantes, de acuerdo a las necesidades e importancias de las mismas, prestación de servicios e información y actualización a dichas agencias referentes a tarifas, programación, planes, áreas de cobertura, descuentos referentes a la comercialización y presupuestos de campañas en aquellos casos necesarios.
Efectuar las argumentaciones que correspondan para lograr derivar el mayor monto posible de una campaña hacia el canal que representa. Las remuneraciones se liquidarán de acuerdo al sueldo básico mas las comisiones o bonificaciones o premios que le pudieran corresponder de acuerdo a la modalidad actual de cada empresa. Los gastos de representación que autorice la empresa y que realicen los promotores de ventas serán reintegrados contra presentación de los comprobantes respectivos.