C.C.T. Nro 56/75 - CARNE - RAMA CONSUMO
IV - PROMOCION DEL EMPLEO
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DUODÉCIMO: Las partes estudiaran e instrumentaran las políticas destinadas a promover el empleo en todas sus formas fomentando la incorporación de trabajadores al proceso productivo a cuyo efecto se propondrán contratos tipos que prevean aumentos circunstanciales del trabajo y demás circunstancias que pudieren presentarse. Todo ello, con miras al mejoramiento de las C. y M. A. T. (condiciones y medio ambiente del trabajo) y a la incorporación de la mas moderna política de empleo. Asimismo las partes manifiestan que teniendo en cuenta los cambios tecnológicos y sanitarios producidos en esta actividad en especial en lo vinculado con el frío y la puesta en practica en forma inmediata del MERCOSUR con el crecimiento deseable del mercado interno y la necesidad de enfrentar ese desafío de integración y poder competir en la expansión de nuestros mercados, es que las partes consideraran oportunamente la implementación de acuerdos particulares por empresa y con la intervención exclusiva de los signatarios del presente convenio, elaborar reformas o modificaciones y adecuaciones en las modalidades de trabajo para garantizar al trabajador el cumplimiento del pleno empleo, su estabilidad y la obtención de mayores remuneraciones por el cumplimiento de la jornada legal de trabajo.