C.C.T. Nro 82/89 - RECIBIDORES DE GRANOS
RAMA EXPORTACION
PREAMBULO
El Sindicato de la Unión de Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina y las entidades empresarias que suscriben este Convenio Colectivo de trabajo, manifiestan que desde 1953, en que acordaron por vez primera salarios y condiciones de trabajo en forma conjunta, en el marco de la Ley 14.250, han convenido el perfeccionamiento de este instrumento laboral que regla los derechos y obligaciones de las partes en el marco de sus obligaciones recíprocas, atendiendo a las aspiraciones de los trabajadores, la prestación eficiente de la actividad y el correlativo beneficio de la producción argentina.-