C.C.T. Nro 228/93 - JARDINEROS, PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES
INTRODUCCION
PARTES INTERVINIENTES: Sindicato Unido de Trabajadores Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina con la Sociedad Argentina de Paisajistas.
LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN: Buenos Aires. 20 de octubre de 1993.
ACTIVIDAD Y CATEGORÍA DE TRABAJADORES A QUE SE REFIERE: Todos los trabajadores, obreros, empleados y técnicos que se desempeñen en entidades y/o empresas, públicas y/o privadas, y casas particulares, en parquización y mantenimiento de sus espacios verdes. Públicos y/o privados, propios y/o de terceros.
ZONA DE APLICACIÓN: Todo el territorio de la Nación.
CANTIDAD DE BENEFICIARIOS: 3000.
PERÍODO DE VIGENCIA: Desde el 1/10/1993 hasta el 30/9/1995.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de octubre de 1993, comparecen en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante don Virgilio CRISPINO, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, en su carácter de Presidente de la Comisión Negociadora, según Disposición (DNRT) 173/1993, expediente Nº 950.731/1993, a los efectos de suscribir el texto ordenado de la Convención Colectiva de Trabajo aplicable al personal de la actividad, de conformidad con los términos de las leyes 14250 (D. 108/1988) y 23546 y los artículos 2 y 3 del decreto 200/1988, resultado del acta-acuerdo firmada el día 20 de octubre de 1993, los señores: Roberto MARTO, Claudio GONZALEZ y Florencio FARRE, en representación del Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina, con domicilio en Rivadavia 444, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por una parte, y por la otra: Eduardo STAFFORINI, Ricardo KLEMENSIEWICZ y Amadeo Salvador DIHARCE en representación de la Sociedad Argentina de Paisajistas con domicilio en Perú 84, 2º piso, oficina 35, de la Capital Federal, el cual constará de las siguientes cláusulas: