C.C.T. Nro 244/94 - ALIMENTACION
CONTRIBUCION EMPRESARIA
CONTRIBUCION EMPRESARIA
CONTRIBUCION EMPRESARIA
b) Con el objeto de prestar apoyo la labor de formación profesional y capacitación de los trabajadores que viene desarrollando la Ftia, las empresas comprendidas en la CC se obligan a realizar una contribución mensual de cuatro pesos por cada trabajador comprendidos en esta convención. El importe mensual deberá ser depositado por cada empleador, a partir del mes de Setiembre 2003 y durante la vigencia del presente, dentro de los 15 días posteriores al mes que se devenguen, en la cuenta habilitada número 1.000.252/72 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal número 0046-Carlos Calvo, a nombre de la FTIA o en la que ésta habilitase en el futuro.