C.C.T. Nro 386/04 - INDUSTRIA DE LA CARNE: CONSUMO Pcia. SANTA FE
XIII - TRASLADOS - ADSCRIPCIONES - PERMUTAS - COMISIONES
33 AL 36
Artículo 33º El trabajador tendrá derecho a solicitar cambio de establecimiento sin mengua de remuneración ni categoría y su petición será atendida por el empleador en la medida de lo posible cuando se acrediten algunas o varias de las siguientes causales a) razones de salud de un miembro del grupo familiar que convive con el trabajador b) otras causales atendibles.
Artículo 34º Si la empresa dispone el traslado de un trabajador a otro de sus establecimientos por un término superior a seis (6) meses, en caso de que para la misma trabajare él o la cónyuge de aquél, éste o ésta podrá solicitar su traslado al mismo establecimiento al que fuera destinado su cónyuge, en cuyo caso la empresa deberá conceder el traslado en el término de cinco (5) días de solicitado, aunque los cónyuges se desempeñen en distintas funciones y/o categorías, siempre que en el otro establecimiento exista cargo similar al que detenta el cónyuge no trasladado en primer término.
Artículo 35º Las permutas solicitadas por trabajadores que realicen igual tareas en distintos sectores del establecimiento, o en diferentes turnos de trabajo, serán otorgadas por el empleador, salvo negativa fundada. Es privativo de este concederlas o negarlas cuando se trate de trabajadores de distintas categorías profesionales, aun cuando pertenezcan a una misma especialidad. El trabajador trasladado en virtud de una permuta, no podrá reiterar petición semejante durante el lapso de dos (2) años, excepto que mediaren razones de salud propias o de un miembro del grupo familiar. Los gastos de traslados que ocasionen al trabajador serán solventados por éste.
Artículo 36º Cuando un trabajador sea trasladado por disposición del empleador en forma definitiva a un lugar que obligue al cambio de domicilio, éste deberá ser notificado con una antelación de treinta (30) días y el empleador se hará cargo de los gastos que demande la mudanza.
(J) Salarios Cargas Sociales y Beneficios Sociales