C.C.T. Nro 464/06 - CLUBES DE CAMPO Y BARRIOS PRIVADOS
TITULO I - AMBITO DE APLICACION
1 al 4
TÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN - VIGENCIA
Partes Intervinientes
Art. 1 - La Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC), con la Federación Argentina de Clubes de Campo (FACC).
Vigencia
Art. 2 - Desde el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2008. Vencido este plazo se mantendrán subsistentes las condiciones de trabajo de la misma y el resto de las obligaciones asumidas por las partes en las cláusulas del presente convenio, hasta tanto entre en vigencia una nueva convención.
Ámbito geográfico
Art. 3 - El presente convenio colectivo regirá en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires y en las Provincias de: Buenos Aires, Córdoba, Neuquén, Río Negro y Santa Fe.
Personal excluido
Art. 4 - Aquellos trabajadores ubicados en los dos primeros niveles jerárquicos inmediatamente por debajo de la Comisión Directiva, Directorio, Consejo de Administración o similar de la entidad de que se trate, hasta un máximo del diez por ciento (10%) del total de la planta de trabajadores de la misma entidad.